Fallecido en hospital: el Policlínico de Palermo condenó, a los niños indemnización de 555 mil euros
No había sido asistida como exigen los protocolos sanitarios durante el postoperatorio y falleció tras cuatro meses en coma. Ahora por los tres niños llega una máxima indemnización de más de 555 mil euros: así lo estableció la tercera sala civil de la Corte, que condenó al Policlínico de Palermo a pagar alrededor de 23 mil euros por los sufrimientos sufridos por la señora durante los cuatro meses de vida. hospitalización en el hospital y seguro Cattolica, que en su lugar deberá liquidar los daños y perjuicios por la pérdida de su madre.
La jueza Giovanna Nozzetti aceptó plenamente la tesis del abogado Marcello Mauceri, que representó a los hijos de la víctima ante el tribunal: el calvario de Giovanna Campisi, de 67 años, ama de casa de Marineo, había comenzado el 21 de marzo de 2007, cuando decidió operarse el cuello. que se consideró rutinario pero que luego tuvo un final trágico. La paciente había salido del quirófano alrededor de las 15 horas, despierta y aparentemente en buenas condiciones, para tranquilizar a los familiares, pero por la noche había comenzado a experimentar problemas respiratorios, que -como estableció el juez en la sentencia- fueron subestimados. por los médicos, hasta causarle la muerte, el 23 de julio de hace quince años. El coma duró cuatro meses muy largos.
«El cuello —dijo en el momento de los hechos, al Periódico sicilia, la hija Rosalía- se iba hinchando poco a poco y ella misma me dijo que pidiera ayuda, porque ya no podía respirar. Pedí ayuda, pero los médicos me tranquilizaron. Después de casi tres horas, cuando mi madre ya no respiraba y se había desmayado, los médicos reabrieron la herida. Hubo una fuerte hemorragia, pero cuando lograron revivirla, el daño ya estaba hecho”. El tribunal -recordando también los informes periciales presentados por los fiscales en el proceso penal paralelo- rechazó la hipótesis de la defensa del Policlínico, encomendada al abogado Augusto Amari, quien había señalado que la paciente, además de haber sido asistida correctamente por el personal, se habría podido salvar si los familiares hubieran accedido a practicarle una operación posterior para extirpar un meningioma que habría agravado el estado de la mujer, hasta el punto de provocarle la hemorragia grave de la que nunca se recuperó.
El juez tomó una opinión diferente: «Los argumentos de los peritos -se lee en la sentencia- no son convincentes porque no están respaldados por consideraciones clínicas adecuadas y por la comparación entre el trabajo de los médicos en el caso concreto y los estándares de diligencia correspondientes. y experiencia Se basan exclusivamente en la valorización de las anotaciones exiguas y contradictorias contenidas en la historia clínica y en la hoja de seguimiento, además de resultado de correcciones, interpolaciones y adiciones y de las que, por lo tanto, los médicos y la estructura en la que actúan no pueden beneficiarse”.
El juicio penal por homicidio culposo había terminado sin que los cuatro acusados tuvieran que proceder durante el plazo de prescripción. Idéntico resultado para la falsificación material e ideológica a raíz de la supuesta manipulación de una historia clínica por parte de los médicos, que se habría hecho para justificar un control que en realidad nunca se llevó a cabo. Sin embargo, el proceso civil reconoció las responsabilidades, al menos materiales, de la Policlínica, que ahora deberá pagar a los hijos de la víctima más de medio millón de euros en concepto de indemnización.
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