Palermo, competencia de pilotos: Amat debe readmitir competidores al oral

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La Amat fue condenada a admitir a los competidores a la prueba oral excluidos de las pruebas de preselección del concurso convocado por el Participante del Municipio de Palermo paracontratación de 100 conductores.

La Corte de Palermo, sección del trabajo, en composición colegiada, al aceptar una demanda presentada por la abogada Nadia Spallitta, en representación de los candidatos excluidos, afirma algunos principios fundamentales a los que las empresas participadas, y en particular la Amat, deben atenerse.
Lo dice el propio abogado.
se afirma – dice Spallitta – la aplicación a las sociedades participadas, en los supuestos de contratación de personal, de las disposiciones relativas a los concursos públicos y encaminadas a afirmar la paridad y transparencia de los procedimientos concursales.
Por tanto, es preceptiva la designación formal y previa de una Comisión que reúna los requisitos previstos en la ley, integrada por expertos, y que realice, haciendo público su trabajo, una serie de obligaciones de cara a las pruebas de concurso.
En primer lugar, los miembros de la Comisión deberán acreditar que no se encuentran en una situación de conflicto de interés o incompatibilidad en relación con los candidatos participantes.
Asimismo, la Comisión deberá predeterminar y dar a conocer los criterios de evaluación de las pruebas, elaborando también un informe específico de las operaciones realizadas para cada sesión.
Entre otras cosas, la Comisión funciona haciendo uso de las actividades de secretaría y un personal administrativo que en este caso debe provenir de Amat
“.

Estas disposiciones, previstas por la ley pero también por el reglamento de sociedades y por la propia convocatoria, fueron totalmente incumplidas, dando como resultado la ilegitimidad de la exclusión de la prueba de preselección de los aspirantes, por lo tanto admitidos a la prueba oral, también a la luz de el principio aceptado por la Corte, por lo tanto, la obligación de transparencia e imparcialidad también se refiere a la fase de preselección, agrega el abogado.
“Creo -afirma Spallitta- que se trata de una decisión muy importante que, aceptando las tesis del recurso, aclara cuáles son las conductas correctas que Amat, y en general las sociedades participadas, deben adoptar aplicando las normas sobre competencia pública en todos casos de contratación de personal, garantizando así la imparcialidad y la transparencia, absolutamente fundamentales en esta materia”.

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